Libro de Reclamaciones

Conforme a lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, esta institución cuenta con un Libro de Reclamaciones a su disposición.

Datos de la empresa:

Razón social: MAR CAMPBELL S.A.C.

RUC: 20606393122

Dirección: Calle Las Fresas #140, Santiago de Surco – Lima, Perú

Mail: youcandoitperu@gmail.com

Hoja de reclamación:

Identificación del consumidor o reclamante


Identificación del bien contratado

Detalle de su reclamo


Los datos personales recabados serán incorporados a nuestro Banco de Datos "LIBRO DE RECLAMACIONES” de MAR CAMPBELL S.A.C. (RUC N° 20606393122), con domicilio en Calle Las Fresas #140, Santiago de Surco – Lima, Perú.


En cumplimiento de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, los datos recopilados a través del Libro de Reclamaciones serán utilizados para la atención de quejas o reclamos y estos serán: nombres y apellidos, número y tipo de documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico. Serán almacenados por el plazo requerido para la atención de los reclamos o quejas. Para ejercer derechos ARCO podrá comunicarse al correo electrónico youcandoitperu@gmail.com.


* La respuesta a este reclamo o queja será enviada al mail indicado en este formulario

* La formulación del reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.

* El proveedor deberá dar respuesta al reclamo en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, pudiendo ampliar el plazo hasta por treinta (30) días más, previa comunicación al consumidor.

* Reclamo: Manifestación mediante el cual un consumidor expresa una disconformidad relacionada a los bienes o servicios suministrados. La reclamación no constituye una denuncia y en consecuencia, no inicia un procedimiento administrativo sancionador por infracción a la normativa de protección al consumidor.

* Queja: Manifestación que un consumidor realiza para expresar el malestar o descontento por la atención al público, sin que tenga por finalidad la obtención de un procedimiento por parte del proveedor. La queja tampoco constituye una denuncia y tampoco inicia el procedimiento administrativo por infracción a la normativa de protección al consumidor.